REQUISITOS PARA PERSONAS MORALES
1. Escrito de Autorización. - Se obtiene en la plataforma destinada para el registro y que deberá ser validada con firma electrónica avanzada (FIEL), otorgada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
2. Acta Constitutiva. - Legible, completa y con la hoja de inscripción al Registro de la Propiedad y del Comercio (los mismos datos del acta deberán estar capturados en sistema).
2.1 Modificaciones al Acta Constitutiva. - Legibles, completas con su hoja de inscripción al Registro Público de la Propiedad y del Comercio de cada una (los mismos datos del acta deberán estar capturados en sistema).
2.2 Poder Notarial Otorgado para Actos de Administración. - De ser el caso, con inscripción al Registro Público de la Propiedad y del Comercio, legible y completa (los mismos datos del acta deberán estar capturados en sistema).
3. Identificación Oficial Vigente del Representante Legal. - Que puede ser credencial para votar, pasaporte o Cédula Profesional.
3.1 Constancia de Situación Fiscal de los Accionistas. - No mayor a treinta días naturales.
4. Comprobante de Domicilio a Nombre de la Persona Moral que Solicita el Registro. - Con antigüedad no mayor a tres meses a la presentación, siendo admisibles factura de pago de servicio (luz, televisión de paga, internet, teléfono fijo o agua) o estado de cuenta bancario.
El recibo de pago de servicios deberá contar con Código QR para su verificación, o en su caso, deberá presentar la factura correspondiente. En caso de no contar con este tipo de recibo de pago de servicios y el domicilio se encuentre a nombre de un tercero, deberá presentar contrato de arrendamiento o comodato y la factura (CFDI) correspondiente con una vigencia no mayor a un mes, según sea el caso; así como las identificaciones de las partes contratantes.
Si cuenta con domicilios adicionales o alternos en el Estado de Puebla, deberá manifestarlo y proporcionar el respectivo comprobante domiciliario.
5. Política de Integridad. - Para efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; con los títulos siguientes, en orden:
I. Manual de Organización y Procedimientos;
II. Código de Ética o de Conducta;
III. Sistemas Adecuados y Eficaces de Control, Vigilancia y Auditoría.
IV. Sistemas Adecuados de Denuncia;
V. Sistemas y Procesos Adecuados de Entrenamiento y Capacitación;
VI. Políticas de Recursos Humanos Tendientes a Evitar la Incorporación de Personas que Puedan Poner en Riesgo a la Integridad de la Corporación;
VII. Mecanismos que Aseguren en todo Momento la Transparencia y Publicidad de sus Intereses.
6. Constancia de Situación Fiscal de la empresa expedida por el SAT (Servicio de Administración Tributaria). - No mayor a treinta días naturales.
7. Acuse y Declaración Anual. - Última declaración anual fiscal.
8. Acuse y Declaración Provisional Mensual y Definitiva. - Última declaración provisional mensual.
8.1 Estados Financieros. - (De resultados y de posición financiera) del período en que realiza su trámite, firmados por Contador Público y Representante Legal.
9. Cédula Profesional. - Del contador público que firma sus estados financieros (por ambos lados).
10. Currículum Empresarial con Nombre y Firma Autógrafa del Representante Legal. - En formato libre, que contenga datos generales, servicios que presta, principales clientes (estos deben venir con datos de contacto como son: dirección, teléfono y correo), así como firma autógrafa.
11. Corroboración Domiciliaria:
a) Ocho fotografías a color del domicilio (4 del interior y 4 del exterior);
b) Video en el que se aprecie claramente la calle, la fachada del domicilio y todas las instalaciones del interior, oficinas y bodegas (no debe presentar cortes ni ediciones, debe tener un tiempo máximo de duración de 3 minutos y tamaño máximo del video 50 MB)
c) De manera selectiva, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, podrá realizar visita de verificación domiciliaria.
12. Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Expedido por el SAT (Servicio de Administración Tributaria). - No mayor a treinta días naturales.
13. Opinión de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social Emitida por el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social). - No mayor a treinta días naturales.
Nota: La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a través de la Dirección de Padrones, se reserva el derecho de utilizar diferentes mecanismos para la verificación del domicilio fiscal manifestado.
REQUISITOS PARA PERSONA FÍSICA
1. Escrito de autorización. - Se obtiene en la plataforma destinada para el registro y que deberá ser validada con firma electrónica avanzada (FIEL), otorgada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
2. CURP del Interesado. - No mayor a 30 días naturales de su expedición.
3. Identificación Oficial Vigente del Interesado. - Que puede ser credencial para votar, pasaporte o Cédula Profesional.
4. Comprobante de Domicilio a Nombre de la Persona Física que Solicita el Registro. - Con antigüedad no mayor a tres meses a la presentación, siendo admisibles factura de pago de servicio (luz, televisión de paga, teléfono fijo, internet o agua) o estado de cuenta bancario.
El recibo de pago de servicios deberá contar con Código QR para su verificación, o en su caso, deberá presentar la factura correspondiente. En caso de no contar con este tipo de recibo de pago de servicios y el domicilio se encuentre a nombre de un tercero, deberá presentar contrato de arrendamiento o comodato y la factura (CFDI) correspondiente con una vigencia no mayor a un mes, según sea el caso; así como las identificaciones de las partes contratantes.
Si cuenta con domicilios adicionales o alternos en el Estado de Puebla, deberá manifestarlo y proporcionar el respectivo comprobante domiciliario.
5. Constancia de Situación Fiscal Expedida por el SAT (Servicio de Administración Tributaria). - No mayor a 30 días naturales de su expedición.
6. Acuse y Declaración Anual del Último Ejercicio Fiscal.
6.1 RESICO. - Última declaración bimestral o anual de acuerdo el régimen que tributaban anteriormente.
6.2 Actividad Empresarial. - Última declaración anual.
7. Acuse y Declaración Provisiona Mensual y Definitiva. - Última declaración provisional mensual.
7.1 Actividad Empresarial. - Estados Financieros (De resultados y de posición financiera) del periodo en que realiza su trámite, firmados por Contador Público y Representante Legal.
8. Cédula Profesional. - Expedida por la Secretaría de Educación Pública del contador público que firma sus estados financieros.
9. Currículum Vitae con Firma Autógrafa del Interesado. - En Formato libre, que contenga datos generales, servicios que ofrece/presta y principales clientes (los clientes deberán venir con datos de contacto como son: dirección, teléfono y correo).
10. Corroboración Domiciliaria:
a) Ocho fotografías a color del domicilio (4 del interior y 4 del exterior);
b) Video en el que se aprecie claramente la calle, la fachada del domicilio y todas las instalaciones del interior, oficinas y bodegas (no debe presentar cortes y tener un tiempo máximo de duración de 3 minutos y tamaño máximo del video 50 MB).
c) De manera selectiva, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, podrá realizar visita de verificación domiciliaria.
11. Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Expedido por el SAT (Servicio de Administración Tributaria). - No mayor a treinta días naturales.
12. Opinión de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social Emitida por el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social). - No mayor a treinta días naturales.
Nota: Toda vez, que el procedimiento es totalmente en línea se le solicita escanear los documentos de los originales requeridos, para tener mayor claridad y nitidez de la información que se cargara en el Sistema de Registro de Proveedores del Estado de Puebla, para la confirmación del expediente digital.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a través de la Dirección de Padrones, se reserva el derecho de utilizar diferentes mecanismos para la verificación del domicilio fiscal manifestado.
Derivado del Acuerdo del Secretario de la Función Pública del Gobierno del Estado, por el que se establece los requisitos para la inscripción o revalidación al Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial de fecha 28 de junio de 2023, en donde se hace mención del artículo 14 cuarto párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, en donde se señala que los titulares de las dependencias y entidades, establecerán los portales informativos para el acceso a la información disponible y los portales de internet para que los ciudadanos puedan realizar por vía electrónica los trámites o servicios a su cargo , toda vez, que el procedimiento es totalmente en línea se le solicita escanear los documentos de los originales requeridos, para tener mayor claridad y nitidez de la información que se cargara en el Sistema de Registro de Proveedores del Estado de Puebla, para la confirmación del expediente digital.
ARTÍCULO TERCERO DEL ACUERDO
Para la revalidación del registro en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado, los proveedores deberán solicitarlo veinte días hábiles antes del vencimiento de su Constancia de Inscripción y/o Revalidación, presentando la información a través de la plataforma tecnológica habilitada para tal efecto.
ARTÍCULO CUARTO DEL ACUERDO
Con independencia de la conformación del expediente digital, la autoridad podrá solicitar en cualquier momento la documentación de forma física, a fin de realizar una compulsa y verificar la autenticad de la misma, en cuyo caso, el requerimiento deberá ser atendido personalmente por la persona física o moral a través del representante o apoderado legal con poder para actos de administración, por lo que no se admitirá la gestión de negocios.
Nota: La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado de Puebla, a través de la Dirección de Padrones, se reserva el derecho de utilizar diferentes mecanismos para la verificación del domicilio fiscal manifestado.